Corte de Apelaciones de Nueva York revoca condena contra Argentina por expropiación de YPF
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Corte de Apelaciones de Nueva York revoca condena contra Argentina por expropiación de YPF

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York revocó este jueves el fallo que obligaba a Argentina a pagar más de 16.000 millones de dólares a accionistas minoritarios de YPF por la nacionalización de la petrolera en 2012. El tribunal determinó que la jueza de primera instancia Loretta Preska interpretó erróneamente la legislación argentina al tratar los estatutos de YPF como un contrato bilateral, cuando bajo la ley argentina no lo son.

INTERNACIONAL27 MAR 2026

El Estado argentino obtuvo una victoria judicial significativa en el litigio más importante que enfrenta en tribunales estadounidenses. La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York anuló la sentencia de 2023 que ordenaba a Argentina pagar más de 16.000 millones de dólares a Petersen Energía y Eton Park, litigantes patrocinados por el fondo Burford Capital, según informó El País.

La decisión judicial se adoptó por dos votos contra uno. Los magistrados Denny Chin y Sarah Merriam Robinson votaron a favor de revocar la condena contra Argentina, mientras que José Cabranes emitió un voto disidente, según detalló Infobae.

En su sentencia, el tribunal sostuvo que la jueza Preska realizó una interpretación errónea de la legislación argentina. "Las demandas de los demandantes por daños por incumplimiento de contrato contra la República no son reconocibles bajo los códigos civiles de Argentina ni bajo el derecho público que rige la expropiación, y en consecuencia revocamos la decisión del tribunal de distrito que otorgó sentencia a favor de los demandantes sobre esos reclamos", señala el fallo según El País.

Los argumentos centrales del tribunal establecieron que bajo el derecho argentino los estatutos de una sociedad anónima no constituyen contratos bilaterales exigibles entre accionistas, según Infobae. El fallo consideró que los estatutos cumplen una función organizativa interna y no generan obligaciones contractuales entre la República Argentina e inversores privados que permitan reclamos de daños y perjuicios por incumplimiento.

El tribunal también enfatizó que la Ley General de Expropiaciones de Argentina regula de manera integral el proceso de expropiación y los reclamos vinculados a ese proceso, según Infobae. Los jueces subrayaron que la decisión soberana de expropiar acciones de YPF corresponde a un acto de derecho público y que la interpretación y los efectos de ese acto deben regirse por la normativa local.

La sentencia original de Preska, emitida en 2023, consideraba que el Estado argentino había violado el estatuto de YPF durante la expropiación del 51% de las acciones de Repsol, ya que el mismo obligaba a ofrecer a todos los accionistas las mismas condiciones que a Repsol, según El País. Aquella sentencia advertía además que si el Estado sudamericano no pagaba se generaban intereses al 5,42% anual.

El abogado principal de Argentina, Robert J. Giuffra Jr., del estudio Sullivan & Cromwell LLP, subrayó que el fallo "reivindica plenamente la posición de Argentina de que el Tribunal de Distrito aplicó erróneamente la ley argentina vigente", según El País. El letrado destacó que Burford había adquirido los derechos de litigio "por tan solo 15 millones de euros y pretendía convertir los tribunales estadounidenses en un casino mediante su propia interpretación de la ley argentina".

En el análisis de los reclamos adicionales de los accionistas minoritarios, el tribunal también rechazó el argumento de promissory estoppel, que buscaba responsabilizar tanto a la República Argentina como a YPF por no haber cumplido supuestas promesas u obligaciones implícitas, según Infobae. El tribunal concluyó que ni la empresa ni el Estado tenían, en los términos del derecho argentino, la obligación de realizar una oferta pública de adquisición de acciones luego de la expropiación.

El voto disidente del juez José Cabranes introdujo una perspectiva diferente sobre la interpretación de los estatutos de YPF y las obligaciones asumidas por la República Argentina, según Infobae. Cabranes sostuvo que los estatutos sí constituían un contrato entre los accionistas y que, al adquirir el control de la compañía, el Estado argentino asumió la obligación de realizar una oferta pública de adquisición a los accionistas minoritarios conforme a los términos establecidos en esos estatutos.

El juez disidente argumentó que la estructura legal que rigió la privatización de YPF buscó proteger a los inversores y generar confianza en el mercado, por lo que el incumplimiento de la obligación de realizar una oferta pública debía considerarse como un daño indemnizable bajo el derecho privado, según Infobae. Cabranes advirtió que la decisión de la mayoría dejaba sin remedio efectivo a los accionistas perjudicados, lo que podría afectar la confianza de los inversores internacionales en la seguridad jurídica de los contratos comerciales.

Los demandantes pueden ahora optar por solicitar una revisión discrecional en pleno por parte del Segundo Circuito, seguida de una revisión discrecional por parte de la Corte Suprema de Estados Unidos, dijeron a El País fuentes conocedoras del caso.

Apenas conocida la decisión, las acciones de Burford comenzaron a desplomarse, según El País. La cotización de YPF, en cambio, se disparó. "Día histórico", festejó el director de la petrolera argentina, Horacio Marín, según El País.

El presidente argentino, Javier Milei, celebró con rapidez el fallo. "Ganamos el juicio de YPF. Todo marcha de acuerdo al plan", escribió Milei a través de las redes sociales, según El País. Se trata del mayor juicio de Argentina en el exterior y se extiende ya por más de una década.

El fallo da un respiro al Gobierno tras unas semanas difíciles que han hecho mella en la imagen presidencial, según El País. La justicia investiga en paralelo la criptoestafa Libra que difundió Milei a través de X y gastos de su jefe de Gabinete, Manuel Adorni, que no serían consistentes con su nivel de ingresos. Tanto Milei como varios de sus ministros se atribuyeron el mérito del fallo judicial en Estados Unidos.

La resolución del tribunal de apelaciones en Nueva York se transformó en un hito para la jurisprudencia sobre expropiaciones estatales y la aplicación del derecho extranjero en tribunales estadounidenses, según Infobae. El fallo muestra las complejidades legales y comerciales que rodearon la expropiación de YPF y el alcance de la protección a inversores extranjeros en procesos de nacionalización.

El caso llegó al tribunal tras la decisión del Distrito Sur de Nueva York, que había ordenado a la Argentina el pago de 16.100 millones de dólares a los accionistas afectados por la expropiación, según Infobae. La República Argentina presentó su apelación, cuestionando tanto la interpretación del derecho argentino como la naturaleza de las obligaciones contempladas en los estatutos de YPF.

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