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Tribunal Supremo de EE.UU. restringe demandas contra multinacionales por violaciones de derechos humanos en el extranjero

El Tribunal Supremo de Estados Unidos limitó este martes las demandas contra empresas por acusaciones de violaciones de derechos humanos cometidas fuera del país, al desestimar por seis votos contra tres la demanda del movimiento religioso Falun Gong contra la multinacional tecnológica Cisco por su supuesta colaboración con el Gobierno chino en la persecución y tortura de sus miembros. La decisión restringe el alcance de dos leyes históricas utilizadas por defensores de derechos humanos para responsabilizar a corporaciones estadounidenses por abusos en el extranjero.

INTERNACIONAL23 JUN 2026

El Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazó la demanda que 12 ciudadanos chinos y un estadounidense habían interpuesto contra Cisco Systems, desestimando sus intentos de responsabilizar a la multinacional tecnológica y sus ejecutivos de ser cómplices en violaciones del derecho internacional, según la sentencia dictada este martes por la corte de mayoría conservadora.

Los demandantes, miembros del movimiento religioso Falun Gong, aseguraron que Cisco colaboró estrechamente con China para crear un sistema de vigilancia conocido como "Escudo Dorado", que permite identificar, detener y torturar a fieles de esta corriente religiosa, según recoge el tribunal en la exposición de motivos. "Los demandantes sostienen que el Gobierno chino los persiguió debido a sus creencias religiosas y que Cisco Systems facilitó dicha persecución mediante el desarrollo de tecnología de vigilancia que permitió a China identificarlos y detenerlos", señala la sentencia.

La Corte rechazó por seis votos a tres el intento de responsabilizar a Cisco invocando el Estatuto de Agravios contra Extranjeros (ATS, por sus siglas en inglés), una ley de 1789 a la que han recurrido con frecuencia los defensores de los derechos humanos para denunciar los abusos en el extranjero de las multinacionales, según la decisión judicial. Los magistrados también rechazaron el intento de uno de los demandantes de culpar a dos ejecutivos del gigante tecnológico de colaborar y ser cómplices en violaciones en virtud de la Ley de Protección a las Víctimas de Tortura (TVPA, en sus siglas en inglés), de 1991, prevista para demandar a quienes colaboran o son cómplices en actos de tortura, pero que no contempla denuncias por complicidad.

"Dado que los tribunales no pueden crear nuevas acciones judiciales para reparar violaciones del derecho internacional, necesariamente no existe responsabilidad por la complicidad o cooperación en tales violaciones en nombre de la mayoría", escribió la jueza conservadora Amy Coney Barrett, encargada de redactar la sentencia en nombre de la mayoría, según el fallo.

De esta forma, el Supremo impide que los 13 demandantes puedan proceder con su caso contra Cisco por presunta complicidad en la represión china contra Falun Gong. La decisión aclara las dudas sobre la situación, ya que previamente el tribunal había dejado abierta la posibilidad de demandar a empresas estadounidenses por complicidad, según la sentencia.

Cisco, dirigida por Chuck Robbins, siempre ha negado las acusaciones, según la información del caso. La multinacional argumentó que sus herramientas tecnológicas no están diseñadas para facilitar la represión y que el uso que hagan terceros de sus aplicaciones es su responsabilidad. Las autoridades chinas declararon ilegal el movimiento religioso Falun Gong hace 27 años, según los antecedentes del caso.

Un juez federal ya desestimó la demanda en 2014, pero el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito reabrió algunas de las reclamaciones en 2023, según el historial judicial. Cisco apeló ante el Tribunal Supremo, que celebró el pasado abril la vista pública para escuchar los argumentos de las partes.

En síntesis, el Supremo limitó el alcance de la ATS, un texto legal de solo 33 palabras que otorga a los tribunales federales la potestad de admitir a trámite demandas presentadas por no ciudadanos por ciertas violaciones del derecho internacional, según la decisión.

La Corte ya había limitado previamente la Ley de Reclamaciones por Agravios contra Extranjeros al dejar claro que solo otorga jurisdicción para violaciones del derecho internacional ocurridas dentro de los Estados Unidos, según precedentes judiciales. Dictaminó, además, que la ATS no puede utilizarse para demandar a corporaciones por conductas en el extranjero simplemente porque la corporación demandada opere dentro de Estados Unidos. "Más bien, debe existir algún vínculo entre la causa de acción y la conducta de la corporación en el país. Sin embargo, la Corte no especificó qué tipo de vínculos se requieren para cumplir con este requisito", señala un artículo de la Facultad de Derecho de Cornell.

La decisión del Tribunal Supremo representa un golpe significativo para los defensores de derechos humanos que han utilizado estas leyes históricas como herramientas para responsabilizar a multinacionales estadounidenses por su papel en abusos cometidos en otros países. Al restringir tanto la ATS como la TVPA, la corte de mayoría conservadora limita las vías legales disponibles para víctimas de violaciones de derechos humanos que buscan justicia en tribunales estadounidenses contra corporaciones acusadas de complicidad en represiones gubernamentales extranjeras.

La sentencia establece un precedente que dificulta futuras demandas similares contra empresas tecnológicas y otras multinacionales acusadas de facilitar, mediante sus productos o servicios, violaciones de derechos humanos perpetradas por gobiernos autoritarios. La decisión clarifica que los tribunales estadounidenses no pueden crear nuevas causas de acción para reparar violaciones del derecho internacional más allá de lo expresamente contemplado en las leyes existentes, cerrando así una vía que había permanecido parcialmente abierta en decisiones anteriores del Supremo.

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