

La Comunidad Andina (CAN) ordenó el 7 de mayo de 2026 a Ecuador y Colombia que retiren sus aranceles recíprocos en un plazo de 10 días, determinando que estas medidas vulneran el Acuerdo de Cartagena y afectan el comercio subregional andino, según resoluciones emitidas por el bloque regional con sede en Lima, Perú.
La Secretaría General de la Comunidad Andina emitió tres resoluciones —la 2581, 2582 y 2583— que declaran ilegales las medidas arancelarias impuestas por los gobiernos de Daniel Noboa en Ecuador y Gustavo Petro en Colombia, según informó el organismo regional el 7 de mayo de 2026.
En la resolución 2582, la CAN determinó que la denominada "tasa de servicio de control aduanero" con la que Ecuador grava actualmente con un arancel del 100% a los productos colombianos "vulnera el Programa de Liberación de la Comunidad Andina Consagrado en el Acuerdo de Cartagena", según el documento oficial.
De manera similar, el bloque regional señaló en la resolución 2583 que el "arancel recíproco" impuesto por Bogotá a los productos ecuatorianos constituye una "restricción al comercio subregional andino", según la CAN.
La resolución 2581 apunta además a que la decisión de Quito de habilitar exclusivamente el paso internacional del puente de Rumichaca como único punto de ingreso para las mercancías colombianas por vía terrestre también constituye una restricción al comercio dentro de la CAN, según el organismo.
El Servicio Nacional de Aduana de Ecuador (Senae) respondió brevemente el 8 de mayo indicando que lo emitido por la CAN "no es una sentencia del Tribunal Andino, sino una resolución administrativa de la Secretaría General", según declaraciones del organismo ecuatoriano a medios locales. Hasta la mañana del 8 de mayo, el gobierno ecuatoriano no había emitido otro pronunciamiento sobre lo dispuesto por la CAN, según reportes.
El conflicto arancelario comenzó el 21 de enero de 2026, cuando el gobierno de Daniel Noboa anunció la imposición de una denominada "tasa de seguridad" a los productos provenientes de Colombia, según la CAN. La medida inicial fue un arancel del 30%, a lo que Colombia respondió de forma recíproca, según el organismo regional.
El gobierno ecuatoriano impuso el arancel con el argumento de que Colombia no mantiene un control efectivo de su lado de la frontera, según las autoridades de Quito.
Desde el 1 de mayo de 2026, Ecuador cobra aranceles del 100% a las importaciones de Colombia, medida que el gobierno de Daniel Noboa anunció tras una serie de desacuerdos con el gobierno de Gustavo Petro, según reportes. En respuesta, Colombia aprobó la imposición de aranceles de hasta el 75% a los productos ecuatorianos, según las autoridades colombianas.
El 4 de mayo, el gobierno ecuatoriano anunció que los aranceles bajarán al 75% desde el 1 de junio, según declaraciones oficiales. La candidata presidencial colombiana Paloma Valencia, del partido Centro Democrático de Álvaro Uribe, se atribuyó esa gestión, según reportes.
En el artículo tres de la resolución 2581, el secretario general de la CAN, Gonzalo Gutiérrez Reinel, indicó que la Comunidad Andina exhorta "a la República del Ecuador y a la República de Colombia a fortalecer los mecanismos de cooperación y coordinación bilateral en materia de control fronterizo [...] a fin de atender las problemáticas de seguridad identificadas en las zonas de frontera mediante acciones conjuntas, sin afectar el normal desarrollo del comercio subregional", según el documento oficial.
El Acuerdo de Cartagena es el tratado constitutivo firmado por los países miembros de la Comunidad Andina en 1969, que establece las bases del comercio libre entre las naciones del bloque regional, según la CAN. La guerra comercial entre Ecuador y Colombia representa una de las crisis más graves en la historia reciente de la integración andina, afectando el flujo comercial bilateral que históricamente ha sido significativo para ambas economías.
La orden de la CAN de retirar los aranceles en 10 días plantea un desafío político para ambos gobiernos, que han justificado públicamente sus medidas arancelarias ante sus respectivas audiencias nacionales. El cumplimiento o incumplimiento de esta orden determinará la efectividad de los mecanismos de resolución de disputas de la Comunidad Andina y podría sentar un precedente para futuros conflictos comerciales en la región.