El Supremo obliga a Madrid a eximir de guardias a médicas lactantes sin reducir su salario
Salud

El Supremo obliga a Madrid a eximir de guardias a médicas lactantes sin reducir su salario

El Tribunal Supremo ha establecido que las médicas y enfermeras del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) tienen derecho a no realizar guardias de 24 horas durante los primeros 12 meses de vida de su hijo, manteniendo íntegro su complemento económico por estas jornadas.

SALUD2 FEB 2026

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia histórica que garantiza los derechos laborales de las médicas en periodo de lactancia en la Comunidad de Madrid. La resolución judicial reconoce a las facultativas del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) la posibilidad de quedar exentas de realizar guardias de 24 horas durante el primer año de vida de su hijo, sin que ello suponga una merma en su retribución económica.

La decisión surge tras un recurso presentado por el Sindicato Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts), que argumentó los riesgos que las guardias prolongadas representan para la lactancia materna. El Supremo ha dado la razón al sindicato, señalando que las jornadas laborales superiores a 8 horas con factores estresantes pueden disminuir la producción de leche materna.

El tribunal fundamenta su fallo en varios argumentos clave. En primer lugar, destaca que las guardias médicas hospitalarias impiden la extracción de leche cada 3-4 horas, necesaria para mantener una lactancia adecuada. Además, la fatiga y la nocturnidad pueden generar sensación de inseguridad y angustia en las madres lactantes, perjudicando directamente el proceso de lactancia.

Para evitar cualquier discriminación económica, el Supremo establece que las facultativas seguirán percibiendo el complemento de atención continuada calculado con el promedio de guardias del año anterior al nacimiento. La sentencia es tajante: las médicas exentas de guardias por lactancia no deben recibir una retribución inferior al resto de profesionales del Sermas.

La resolución afecta a 18 hospitales de la Comunidad de Madrid, tanto públicos como concertados, y sienta un precedente importante en materia de derechos laborales e igualdad de género en el sector sanitario. El sindicato Amyts ha celebrado el fallo como un "triunfo judicial" que fortalece la protección de la maternidad y la dignidad profesional.

Es importante señalar que esta medida no es común en todas las comunidades autónomas. Mientras Navarra ya lo reglamentó en 2004, otras regiones como Castilla-La Mancha, Cantabria y la Comunidad Valenciana tienen políticas más limitadas, generalmente cubriendo periodos más cortos.

La sentencia del Supremo no solo protege la salud de las madres y los bebés, sino que también envía un mensaje claro sobre la necesidad de adaptar las condiciones laborales a las realidades de la maternidad, sin penalizar económicamente a las profesionales.

SIGUE LEYENDO
MÁS DE SALUD
El Supremo obliga a Madrid a eximir de guardias a médicas lactantes sin reducir su salario · ColGlobal