El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado este jueves la decisión del Parlamento Europeo que en 2021 levantó la inmunidad parlamentaria al expresidente catalán Carles Puigdemont y a los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, al considerar que el proceso careció de imparcialidad por designar como ponente a un eurodiputado del mismo grupo político que Vox, partido que actuaba como acusación popular en el caso del procés.
La alta corte europea ha revocado la sentencia previa del Tribunal General de la UE (TGUE), que en julio de 2023 había avalado la decisión de la Eurocámara, y ha determinado que existieron irregularidades en el procedimiento que vulneraron los derechos de los afectados.
Según argumenta el TJUE en su fallo, "en aras de la coherencia, el Parlamento debe excluir a un ponente que sea miembro del grupo político al que pertenecen diversos diputados del partido político que ha promovido el proceso penal contra el diputado cuya inmunidad se examina". Los magistrados señalan que "ese ponente podría percibirse como no imparcial y su designación sería contraria al derecho a una buena administración", en referencia a Angel Dzhambazki, eurodiputado búlgaro que pertenecía al grupo Conservadores y Reformistas Europeos, el mismo en el que se integraba Vox entre 2019 y 2024.
El tribunal destaca como elemento clave que "el 6 de marzo de 2019, la persona que sería posteriormente designada ponente organizó un evento consistente en la intervención del secretario general del partido político Vox sobre el tema 'Cataluña es España'", quien concluyó su discurso proclamando "Viva España, viva Europa y Puigdemont, a prisión". Para los jueces, este hecho "era indicativo no solo de un apoyo a las ideas políticas de dicho partido, sino también de una posición favorable al procesamiento de los recurrentes".
Tras conocer la decisión, Puigdemont ha calificado la sentencia como "una decisión de gran trascendencia" que "revoca con inusual contundencia una resolución anterior del Tribunal General" y supone "un guantazo muy duro al Parlamento Europeo, que ha visto como le anulan dos decisiones de levantar la inmunidad porque estaban viciadas políticamente", según declaró en Bruselas.
A pesar de la victoria judicial, el fallo tiene efectos principalmente simbólicos para Puigdemont y Ponsatí, ya que ninguno de los dos resultó elegido en las elecciones europeas de junio de 2024 y, por tanto, ya no son eurodiputados ni están amparados por inmunidad alguna. Diferente es la situación de Comín, quien sí obtuvo escaño en los últimos comicios pero no ha tomado posesión del cargo al no haber cumplido con las exigencias de la Junta Electoral Central española, que requiere recoger la credencial presencialmente en España. Comín, quien sigue residiendo en Bélgica, ha señalado que este fallo tampoco le abre automáticamente la puerta a recoger su acta de diputado.
El caso se remonta a enero de 2020, cuando el Tribunal Supremo español remitió al Parlamento Europeo una petición de suplicatorio para levantar la inmunidad de los tres independentistas, huidos de la justicia tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. La comisión de Asuntos Jurídicos, presidida entonces por el eurodiputado español Adrián Vázquez (en aquel momento miembro de Ciudadanos y actualmente del PP), designó como ponente del expediente al eurodiputado búlgaro Dzhambazki, del mismo grupo político que Vox, partido que actuaba como acusación popular en el proceso judicial en España.
El TJUE ha considerado que esta designación contaminó todo el procedimiento, llevando a anular tanto la sentencia del Tribunal General como las decisiones del Parlamento Europeo, al estimar "que se adoptaron sobre la base de sendos informes que deberían haberse considerado nulos, puesto que la designación del ponente era contraria a la exigencia de imparcialidad".
La decisión del alto tribunal europeo contradice la recomendación del abogado general de la UE, Maciej Szpunar, quien en septiembre de 2025 había aconsejado sobreseer las peticiones de Puigdemont y Ponsatí por falta de interés procesal al no ser ya eurodiputados, mientras que para Comín sugería desestimar el recurso.
Por su parte, Vox ha reaccionado con críticas a la justicia europea, afirmando que "no actúa con neutralidad, sino con criterios políticos", y cuestionando la legitimidad del proceso judicial europeo.
Este fallo no cierra todos los casos abiertos en los tribunales europeos relacionados con el procés independentista. Comín tiene pendiente la resolución de un recurso de casación y, más relevante aún, queda por conocerse la sentencia del TJUE sobre la ley de Amnistía, cuya vista se celebró en julio del año pasado. En noviembre, el abogado general dio un respaldo considerable a la norma al rechazar los argumentos contra ella, aunque como demuestra este último fallo, la opinión del abogado general no siempre anticipa el sentido final de la sentencia.
Paralelamente, el Tribunal Constitucional español acordó el pasado 27 de enero mantener la orden de detención nacional contra Puigdemont, lo que complica su posible regreso a España incluso con la ley de amnistía en vigor, cuya aplicación al delito de malversación sigue siendo objeto de debate judicial.