Hoteleras españolas Meliá e Iberostar enfrentan demandas de Cuba tras abandonar gestión de hoteles vinculados a conglomerado militar
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Hoteleras españolas Meliá e Iberostar enfrentan demandas de Cuba tras abandonar gestión de hoteles vinculados a conglomerado militar

Las cadenas hoteleras españolas Meliá e Iberostar se exponen a demandas legales del Gobierno cubano tras abandonar la gestión de 15 y 12 hoteles respectivamente, todos propiedad de Gaesa, el conglomerado militar que controla el 70% del PIB de Cuba, según El País. La decisión, tomada antes del 5 de junio de 2026, fecha límite establecida por Estados Unidos para evitar sanciones millonarias, no elimina los riesgos legales para las empresas españolas, que ahora enfrentan posibles arbitrajes internacionales por ruptura unilateral de contratos.

NEGOCIOS6 JUN 2026

Las empresas extranjeras que operaban con Gaesa, el conglomerado militar cubano que controla el 70% del PIB del país y al que el presidente de Estados Unidos acusa de asfixiar económicamente a la población, no esperaron hasta el 5 de junio de 2026, el límite marcado por Washington, para anunciar su desvinculación del brazo militar del Ejecutivo cubano y así esquivar las millonarias sanciones que podían sufrir, según El País. Sin embargo, la amenaza de castigo económico acecha también por otra vía: las demandas que puede presentar la Administración cubana por la decisión que han adoptado las grandes hoteleras de abandonar la gestión de los establecimientos propiedad de Gaesa.

Meliá e Iberostar, las dos mayores hoteleras en la isla, han dejado de operar 15 y 12 hoteles respectivamente que pertenecían al gigante militar cubano, según el diario español. La hotelera de la familia Escarrer mantendrá, en cambio, el funcionamiento de 19 activos cuyo dueño es el Ministerio de Turismo, mientras que la de la familia Fluxá conservará 6 inmuebles cuyos dueños son las sociedades Cubanacán y Caribe, también desligadas de Gaesa.

**Dos frentes legales para las hoteleras**

Esa operación no acaba con los problemas de las dos hoteleras en Cuba, según expertos legales consultados por El País. Ignacio Aparicio, socio ejecutivo de Andersen y director del Cuban Desk, considera que hay dos planos para litigar. "El primero es el acuerdo de socios. Los hoteles en Cuba, con carácter general, se gestionan a través de joint ventures en las que participan el Gobierno cubano, a través de diversas entidades, y el operador. Ante la salida unilateral de este último, Cuba podría argumentar que no encuentra base legal o contractual para rescindir el contrato y solicitará resolver la controversia ante terceros, siendo un mecanismo habitual el de acudir a arbitraje ante la Cámara de Comercio de Cuba o instituciones arbitrales en el extranjero, un mecanismo este último por el que opta pocas veces", dijo Aparicio según El País.

En opinión del experto, las autoridades cubanas alegarán que la amenaza de sanciones por parte de la Administración Trump no es un elemento que obligue per se a romper contratos, pues las sanciones de Estados Unidos a Cuba existen desde décadas. Además, suele ser cláusula habitual en los contratos que los cambios regulatorios que operen fuera de sus fronteras no se consideren como fuerza mayor habilitante para rescindirlos, según Aparicio.

Posiblemente, prosiguió el experto, se alegará que el cambio drástico de la coyuntura podría obligar a las partes a reequilibrar las prestaciones de los contratos más que terminarlos, por lo que las empresas españolas deberán centrar su defensa en probar que, por circunstancias sobrevenidas extraordinarias e imprevisibles, se produce una alteración tan grave del equilibrio de las partes en el contrato que hace el cumplimiento imposible. "Deberán alegar que están dejando su contrato por una razón estrictamente económica y no tanto ya únicamente por las sanciones norteamericanas, pues la ausencia de suministro eléctrico, de alimentos o de conectividad aérea han sido unas circunstancias sobrevenidas que les han dejado sin negocio, frustrando la finalidad de la asociación", recomendó Aparicio según El País.

**El precedente canadiense**

Ese fue precisamente el argumento utilizado por la hotelera canadiense Blue Diamond para justificar su desvinculación de 15 inmuebles en Cuba, según el diario español. "La decisión no ha sido tomada por acciones adoptadas por el Gobierno de Estados Unidos y sí debe ser atribuida a una combinación de causas, entre las que se incluyen la reducción y la posterior suspensión de vuelos entre Canadá [el primer mercado emisor de turistas] y Cuba, a través de Air Canada, que afecta al servicio y el deterioro de las condiciones operativas en el destino, lo que impide mantener los estándares de calidad", recalcó la empresa en un comunicado citado por El País.

**Presión sobre el Gobierno español y la Unión Europea**

En paralelo a la defensa ante los tribunales, las empresas, tanto las que están abandonando la isla como las que acumulan importantes impagos del Gobierno cubano, ya están redoblando su presión sobre el Ejecutivo español para que despliegue, en primer lugar, un plan de ayudas a las compañías afectadas y para que la Comisión Europea intensifique el rechazo a la aplicación extraterritorial de la ley Helms Burton, en vigor desde 1996, según El País.

Esta norma es sobre la que descansan las sanciones con las que amenazaba Estados Unidos a las empresas, incluidas las extranjeras, que "traficaran" con bienes embargados por el régimen castrista. Esa prerrogativa está incluida en su título III, que habilita a las personas con ciudadanía estadounidense a demandar en los tribunales estadounidenses a cualquier persona o empresa que "trafique" con activos que le han sido expropiados por el gobierno cubano, según el diario español.

Este título estuvo en suspenso hasta abril de 2019, cuando fue reactivado por Donald Trump en su primer mandato, provocando un alud de reclamaciones: 5.913 demandas por valor de 1.851 millones de dólares (1.592 millones de euros), según el último recuento de la Secretaría de Estado de Comercio citado por El País. Entre los principales afectados han estado Meliá e Iberostar, que han ganado todas las reclamaciones presentadas hasta el momento, según la misma fuente.

**El estatuto de bloqueo europeo como única defensa**

Por ahora, la única línea de defensa con la que cuentan las empresas europeas es el estatuto de bloqueo, en vigor desde 1996, como respuesta de las autoridades de la Unión Europea a la legislación estadounidense en materia de sanciones extraterritoriales, según El País. Este estatuto habilita a los operadores del bloque comunitario sancionados, como podía haber sucedido a Meliá o Iberostar si hubieran seguido gestionando los activos de Gaesa más allá del 5 de junio, a reclamar una compensación por los daños causados como consecuencia de la aplicación extraterritorial de la norma que regula el embargo estadounidense a Cuba.

**Implicaciones para el sector hotelero español en Cuba**

La situación coloca a las hoteleras españolas en una encrucijada compleja: por un lado, enfrentan la amenaza de sanciones estadounidenses millonarias si continúan operando con Gaesa; por otro, se exponen a demandas del Gobierno cubano por ruptura de contratos si abandonan la gestión de los hoteles. La decisión de mantener únicamente los activos no vinculados al conglomerado militar representa un intento de equilibrio entre ambas presiones, aunque no elimina los riesgos legales en ninguno de los dos frentes.

El desenlace de estos posibles litigios podría establecer precedentes importantes para otras empresas extranjeras que operan en Cuba y que enfrentan dilemas similares entre las presiones de Washington y sus compromisos contractuales con entidades cubanas. La capacidad de las hoteleras españolas para demostrar que las condiciones operativas en Cuba se han deteriorado hasta hacer imposible el cumplimiento de los contratos será crucial para su defensa en eventuales arbitrajes internacionales.

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Hoteleras españolas Meliá e Iberostar enfrentan demandas de Cuba tras abandonar gestión de hoteles vinculados a conglomerado militar

Las cadenas hoteleras españolas Meliá e Iberostar se exponen a demandas legales del Gobierno cubano tras abandonar la gestión de 15 y 12 hoteles respectivamente, todos propiedad de Gaesa, el conglomerado militar que controla el 70% del PIB de Cuba, según El País. La decisión, tomada antes del 5 de junio de 2026, fecha límite establecida por Estados Unidos para evitar sanciones millonarias, no elimina los riesgos legales para las empresas españolas, que ahora enfrentan posibles arbitrajes internacionales por ruptura unilateral de contratos.

6 jun 2026
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Las empresas extranjeras que operaban con Gaesa, el conglomerado militar cubano que controla el 70% del PIB del país y al que el presidente de Estados Unidos acusa de asfixiar económicamente a la población, no esperaron hasta el 5 de junio de 2026, el límite marcado por Washington, para anunciar su desvinculación del brazo militar del Ejecutivo cubano y así esquivar las millonarias sanciones que podían sufrir, según El País. Sin embargo, la amenaza de castigo económico acecha también por otra vía: las demandas que puede presentar la Administración cubana por la decisión que han adoptado las grandes hoteleras de abandonar la gestión de los establecimientos propiedad de Gaesa.

Meliá e Iberostar, las dos mayores hoteleras en la isla, han dejado de operar 15 y 12 hoteles respectivamente que pertenecían al gigante militar cubano, según el diario español. La hotelera de la familia Escarrer mantendrá, en cambio, el funcionamiento de 19 activos cuyo dueño es el Ministerio de Turismo, mientras que la de la familia Fluxá conservará 6 inmuebles cuyos dueños son las sociedades Cubanacán y Caribe, también desligadas de Gaesa.

**Dos frentes legales para las hoteleras**

Esa operación no acaba con los problemas de las dos hoteleras en Cuba, según expertos legales consultados por El País. Ignacio Aparicio, socio ejecutivo de Andersen y director del Cuban Desk, considera que hay dos planos para litigar. "El primero es el acuerdo de socios. Los hoteles en Cuba, con carácter general, se gestionan a través de joint ventures en las que participan el Gobierno cubano, a través de diversas entidades, y el operador. Ante la salida unilateral de este último, Cuba podría argumentar que no encuentra base legal o contractual para rescindir el contrato y solicitará resolver la controversia ante terceros, siendo un mecanismo habitual el de acudir a arbitraje ante la Cámara de Comercio de Cuba o instituciones arbitrales en el extranjero, un mecanismo este último por el que opta pocas veces", dijo Aparicio según El País.

En opinión del experto, las autoridades cubanas alegarán que la amenaza de sanciones por parte de la Administración Trump no es un elemento que obligue per se a romper contratos, pues las sanciones de Estados Unidos a Cuba existen desde décadas. Además, suele ser cláusula habitual en los contratos que los cambios regulatorios que operen fuera de sus fronteras no se consideren como fuerza mayor habilitante para rescindirlos, según Aparicio.

Posiblemente, prosiguió el experto, se alegará que el cambio drástico de la coyuntura podría obligar a las partes a reequilibrar las prestaciones de los contratos más que terminarlos, por lo que las empresas españolas deberán centrar su defensa en probar que, por circunstancias sobrevenidas extraordinarias e imprevisibles, se produce una alteración tan grave del equilibrio de las partes en el contrato que hace el cumplimiento imposible. "Deberán alegar que están dejando su contrato por una razón estrictamente económica y no tanto ya únicamente por las sanciones norteamericanas, pues la ausencia de suministro eléctrico, de alimentos o de conectividad aérea han sido unas circunstancias sobrevenidas que les han dejado sin negocio, frustrando la finalidad de la asociación", recomendó Aparicio según El País.

**El precedente canadiense**

Ese fue precisamente el argumento utilizado por la hotelera canadiense Blue Diamond para justificar su desvinculación de 15 inmuebles en Cuba, según el diario español. "La decisión no ha sido tomada por acciones adoptadas por el Gobierno de Estados Unidos y sí debe ser atribuida a una combinación de causas, entre las que se incluyen la reducción y la posterior suspensión de vuelos entre Canadá [el primer mercado emisor de turistas] y Cuba, a través de Air Canada, que afecta al servicio y el deterioro de las condiciones operativas en el destino, lo que impide mantener los estándares de calidad", recalcó la empresa en un comunicado citado por El País.

**Presión sobre el Gobierno español y la Unión Europea**

En paralelo a la defensa ante los tribunales, las empresas, tanto las que están abandonando la isla como las que acumulan importantes impagos del Gobierno cubano, ya están redoblando su presión sobre el Ejecutivo español para que despliegue, en primer lugar, un plan de ayudas a las compañías afectadas y para que la Comisión Europea intensifique el rechazo a la aplicación extraterritorial de la ley Helms Burton, en vigor desde 1996, según El País.

Esta norma es sobre la que descansan las sanciones con las que amenazaba Estados Unidos a las empresas, incluidas las extranjeras, que "traficaran" con bienes embargados por el régimen castrista. Esa prerrogativa está incluida en su título III, que habilita a las personas con ciudadanía estadounidense a demandar en los tribunales estadounidenses a cualquier persona o empresa que "trafique" con activos que le han sido expropiados por el gobierno cubano, según el diario español.

Este título estuvo en suspenso hasta abril de 2019, cuando fue reactivado por Donald Trump en su primer mandato, provocando un alud de reclamaciones: 5.913 demandas por valor de 1.851 millones de dólares (1.592 millones de euros), según el último recuento de la Secretaría de Estado de Comercio citado por El País. Entre los principales afectados han estado Meliá e Iberostar, que han ganado todas las reclamaciones presentadas hasta el momento, según la misma fuente.

**El estatuto de bloqueo europeo como única defensa**

Por ahora, la única línea de defensa con la que cuentan las empresas europeas es el estatuto de bloqueo, en vigor desde 1996, como respuesta de las autoridades de la Unión Europea a la legislación estadounidense en materia de sanciones extraterritoriales, según El País. Este estatuto habilita a los operadores del bloque comunitario sancionados, como podía haber sucedido a Meliá o Iberostar si hubieran seguido gestionando los activos de Gaesa más allá del 5 de junio, a reclamar una compensación por los daños causados como consecuencia de la aplicación extraterritorial de la norma que regula el embargo estadounidense a Cuba.

**Implicaciones para el sector hotelero español en Cuba**

La situación coloca a las hoteleras españolas en una encrucijada compleja: por un lado, enfrentan la amenaza de sanciones estadounidenses millonarias si continúan operando con Gaesa; por otro, se exponen a demandas del Gobierno cubano por ruptura de contratos si abandonan la gestión de los hoteles. La decisión de mantener únicamente los activos no vinculados al conglomerado militar representa un intento de equilibrio entre ambas presiones, aunque no elimina los riesgos legales en ninguno de los dos frentes.

El desenlace de estos posibles litigios podría establecer precedentes importantes para otras empresas extranjeras que operan en Cuba y que enfrentan dilemas similares entre las presiones de Washington y sus compromisos contractuales con entidades cubanas. La capacidad de las hoteleras españolas para demostrar que las condiciones operativas en Cuba se han deteriorado hasta hacer imposible el cumplimiento de los contratos será crucial para su defensa en eventuales arbitrajes internacionales.

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