El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo español debatirá el 19 de mayo si un padre tiene legitimación para recurrir judicialmente la concesión de eutanasia a su hijo mayor de edad con plenas capacidades, según informaron fuentes jurídicas. La decisión, que afectará a 34 magistrados, establecerá jurisprudencia sobre una cuestión no resuelta en la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) aprobada en 2021 y podría tener efectos expansivos en casos similares.
El Tribunal Supremo español abordará en un pleno previsto para el 19 de mayo de 2026 una cuestión jurídica sin precedentes: determinar si un padre está legitimado para recurrir ante los tribunales la concesión de eutanasia a su hijo mayor de edad con plenas capacidades para decidir sobre su vida, según informaron fuentes jurídicas a medios españoles.
El debate surge tras el caso de Noelia Castillo, la joven catalana de 25 años que falleció el 26 de marzo de 2026 tras recibir la eutanasia en el Hospital Residencia Sant Camil de Sant Pere de Ribes, Barcelona, después de un periplo judicial de más de un año y medio contra su padre, según informó El País. Sin embargo, el Supremo no fijará doctrina a partir de su caso, sino del de un hombre de 54 años que transcurrió en paralelo en los juzgados catalanes.
La diferencia técnica entre ambos casos es notable. Cuando el Supremo estudió el caso de Noelia Castillo, no debatió sobre la legitimación del padre para recurrir porque esa cuestión no fue incluida en el recurso del progenitor, según explicó El País. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ya le había dado legitimación para recurrir previamente, por lo que el padre no incluyó este punto en su recurso ante el alto tribunal.
En el nuevo caso que analizará el Supremo, el recurrente no es el progenitor sino la Generalitat de Cataluña, que en su recurso de junio de 2025 planteó específicamente la cuestión de la legitimación de terceros, según informó Infobae. Este elemento procesal permite que el Pleno de la Sala de lo Contencioso, compuesto por 34 magistrados, pueda fijar jurisprudencia sobre el asunto.
El caso del hombre de 54 años
El caso llegó a los tribunales cuando el padre de un hombre de 54 años recurrió la aprobación de eutanasia concedida por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, según detalló El País. El solicitante había pedido la muerte asistida alegando el sufrimiento causado por las secuelas que arrastra en el movimiento y el habla tras sufrir tres ictus y dos infartos.
El padre argumentó que estaba en juego el derecho a la vida y la obligación del Estado a protegerla, subrayando que su hijo se encontraba en situación de vulnerabilidad por padecer problemas de salud mental, según informó El Independiente. El hombre vivía solo, no tenía buena relación con su padre y solicitó expresamente que no se comunicase a ningún familiar su petición.
Un juzgado de Barcelona inadmitió inicialmente el recurso del padre en un auto que indicó que el hombre era una persona capaz de ejercer de forma libre todos sus derechos y sin ningún diagnóstico de enfermedad mental, según El País. Sin embargo, tanto el padre como la Fiscalía recurrieron ante el TSJC, que reconoció el interés legítimo del progenitor para recurrir judicialmente la concesión de eutanasia a su hijo.
La posición de la Generalitat
La Generalitat de Cataluña presentó su recurso alegando que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla ninguna legitimación expresa a terceros para recurrir la concesión o denegación de la prestación de eutanasia, según informó El Independiente. El gobierno catalán considera pertinente el pronunciamiento del Supremo dado que la cuestión puede afectar a un gran número de situaciones.
En su auto de noviembre de 2025, el Tribunal Supremo compartió la necesidad de evaluar este asunto al ser una materia de la que todavía no existe jurisprudencia, en parte por la reciente vigencia de la ley aprobada en 2021, y también por los derechos fundamentales que están en juego, según informó Latinus.
Implicaciones de la futura sentencia
El Pleno de la Sala de lo Contencioso fijará una doctrina que podría tener una importante vis expansiva en otros casos similares, según informaron fuentes jurídicas a El País. Cuando dicte sentencia, el alto tribunal determinará los requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero, en este caso un progenitor, con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial relacionado con la eutanasia solicitada por alguien mayor de edad con plenas capacidades para decidir sobre su vida.
Asociaciones a favor de la eutanasia como Derecho a Morir Dignamente advirtieron que la resolución de este tipo de casos podía marcar un precedente y dejar en jaque la ley que regula la muerte asistida, porque abriría la puerta a que la última palabra la tengan los jueces y no los profesionales médicos, como marca la norma aprobada en 2021, según informó El Confidencial.
El caso de Noelia Castillo
Noelia Castillo formalizó su petición de eutanasia ante la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña el 10 de abril de 2024, según informó Infobae. La joven arrastraba secuelas graves, dolor y sufrimiento crónico e incapacitante derivados de un intento de suicidio en 2022 tras ser víctima de una agresión sexual múltiple. Padecía paraplejia y tenía 25 años cuando falleció.
La muerte asistida estaba programada para el 2 de agosto de 2024, pero una orden judicial paralizó el procedimiento in extremis tras la demanda interpuesta por su padre, asesorado por el colectivo ultracatólico Abogados Cristianos, según informó Latinus. El caso escaló por el juzgado, el TSJC, el Supremo y el Constitucional, que inadmitió el último recurso en el que el padre volvía a pedir suspender de forma cautelarísima la eutanasia.
Finalmente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó las medidas cautelares solicitadas por el padre tras agotar todas las vías legales en España, lo que permitió fijar la fecha definitiva de su muerte asistida para el 26 de marzo de 2026, según informó Infobae.
La batalla judicial entre padre e hija tuvo dos vertientes. La primera consistía en determinar si Noelia, que padecía un trastorno mental, tenía las capacidades suficientes para saber lo que significaba pedir la eutanasia y su carácter irreversible, según informó El Confidencial. Tanto los informes médicos como las sentencias judiciales determinaron que sí estaba capacitada. La segunda derivada tenía que ver con la legitimidad del padre o cualquier familiar directo para recurrir ante los tribunales.
Contexto de la ley de eutanasia en España
Desde la aprobación de la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia en 2021, se han practicado ya más de mil casos en España, con especial impacto en Cataluña, según informó El Confidencial. La norma regula el derecho a la muerte digna, estableciendo que la última palabra sobre la aplicación de la eutanasia corresponde a los profesionales médicos y a las comisiones de garantía y evaluación.
La sentencia que dicte el Tribunal Supremo en mayo condicionará la aplicación misma de la ley de eutanasia, según fuentes jurídicas citadas por El Confidencial. La decisión determinará si terceros ajenos a las administraciones que participan en el proceso pueden intervenir para frenar la eutanasia que ha solicitado el paciente, una cuestión que no está expresamente contemplada en la LORE.
El debate plantea una tensión entre el derecho a la vida y la obligación del Estado a protegerla, por un lado, y el derecho de las personas mayores de edad con plenas capacidades a decidir sobre su propia vida, por otro. La jurisprudencia que establezca el Supremo marcará el equilibrio entre estos derechos fundamentales en los próximos años.